Micelio
Auto11 de junio de 2025

A- de 2025

Ponente César Humberto Carvajal Santoyo

Demandante Idear·Demandado Pelayo Camuan Olga Lucia

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Objetivo-Finalizó La Causa Judicial Que Dio Inicio Al Litigio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflictos aparentes de jurisdicciones suscitados entre el Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito de Arauca y el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, suscitados por unas demandas ejecutivas (acumuladas) presentadas por el Instituto de Desarrollo de Arauca-IDEAR-, contra unos ciudadanos, con el propósito de que se libre mandamiento de pago de los valores contenidos en unos pagarés, originados en unos créditos otorgados por la entidad, que no han sido pagados.

Al analizar los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que en el presente caso no se configuró un conflicto de tal naturaleza en ninguno de los dos expedientes objeto de revisión, por cuanto aunque se cumple el presupuesto subjetivo, toda vez que el conflicto se suscitó entre dos autoridades judiciales de distintas jurisdicciones, en esta ocasión, el Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito de Arauca y el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, el presupuesto objetivo no se cumple, pues en ambos casos el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca adelantó los respectivos procesos ejecutivos hasta que se ordenó seguir adelante con la ejecución y condenó en costas a los demandados, lo que significa que dichos procesos cumplieron su finalidad procesal, y las causas que les dieron origen han cesado.

La Sala se declara inhibida para fallar de fondo pues no hay una causa judicial vigente respecto de la cual la Corporación se pueda pronunciar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. ACUMULAR los conflictos de jurisdicciones identificados con los expedientes CJU-6587 y CJU-6592, por presentar unidad de materia.
  2. SEGUNDO. Declararse INHIBIDA para resolver los aparentes conflictos entre jurisdicciones remitidos por el Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito de Arauca.
  3. TERCERO. REMITIR los expedientes de la referencia al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados, incluyendo a los juzgados administrativos de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.